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El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la Junta Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado. El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA. Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser extraordinaria podemos participar, como es gente de política,siempre podemos aportar del punto de vista Técnico/Filosófico. También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que no aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de Interés Cultural del FLISOL. Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero por lo menos es un paso positivo.
Saludos -- :: Cristian Menghi :: "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) GPG-id(9EAE4FB2) homepage:http://www.menghi.biz
> El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la Junta > Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado. > El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA. > Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser extraordinaria > podemos participar, como es gente de política,siempre podemos aportar del > punto de vista Técnico/Filosófico. > También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que no > aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de Interés > Cultural del FLISOL. > Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero por lo > menos es un paso positivo.
> Saludos > -- > :: Cristian Menghi :: > "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" > GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) > GPG-id(9EAE4FB2) > homepage:http://www.menghi.biz
"El próximo 30 de junio, en reunión extraordinaria de la Junta Departamental se tratará el tema de Software Libre, realidad que viene avanzando merced al trabajo del grupo Linux Salto. El grupo de trabajo pretende obtener el reconocimiento (declaración de interés cultural) y apoyo por parte de la Intendencia Municipal y de la Junta, con la finalidad de seguir afianzando este tema que ya es una realidad en varios países de Latinoamérica y el mundo."
> El día 5 de junio de 2008 18:16, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> escribió: >> El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la Junta >> Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado. >> El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA. >> Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser extraordinaria >> podemos participar, como es gente de política,siempre podemos aportar del >> punto de vista Técnico/Filosófico. >> También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que no >> aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de Interés >> Cultural del FLISOL. >> Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero por lo >> menos es un paso positivo.
>> Saludos >> -- >> :: Cristian Menghi :: >> "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" >> GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) >> GPG-id(9EAE4FB2) >> homepage:http://www.menghi.biz
El Edil Nicolás Urrutia me alcanzó una invitación de La Junta Departamental, donde se invita al Grupo de Usuarios a participar de la Sesión Extraordinaria del próximo lunes 30 del corriente a las 20:00 horas, por el tema "Aplicación en el ámbito municipal o público del software Libre".
Saludos
Miguel
El día 13 de junio de 2008 17:36, Federico Antón <fedean...@gmail.com> escribió:
> "El próximo 30 de junio, en reunión extraordinaria de la Junta > Departamental se tratará el tema de Software Libre, realidad que viene > avanzando merced al trabajo del grupo Linux Salto. > El grupo de trabajo pretende obtener el reconocimiento (declaración de > interés cultural) y apoyo por parte de la Intendencia Municipal y de > la Junta, con la finalidad de seguir afianzando este tema que ya es > una realidad en varios países de Latinoamérica y el mundo."
> El día 5 de junio de 2008 18:19, Federico Antón <fedean...@gmail.com> escribió: >> Muy buena notica >> a q hora sería?
>> El día 5 de junio de 2008 18:16, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> escribió: >>> El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la Junta >>> Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado. >>> El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA. >>> Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser extraordinaria >>> podemos participar, como es gente de política,siempre podemos aportar del >>> punto de vista Técnico/Filosófico. >>> También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que no >>> aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de Interés >>> Cultural del FLISOL. >>> Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero por lo >>> menos es un paso positivo.
>>> Saludos >>> -- >>> :: Cristian Menghi :: >>> "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" >>> GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) >>> GPG-id(9EAE4FB2) >>> homepage:http://www.menghi.biz
> El Edil Nicolás Urrutia me alcanzó una invitación de La Junta > Departamental, donde se invita al Grupo de Usuarios a participar de la > Sesión Extraordinaria del próximo lunes 30 del corriente a las 20:00 > horas, por el tema "Aplicación en el ámbito municipal o público del > software Libre".
> Saludos
> Miguel
> El día 13 de junio de 2008 17:36, Federico Antón <fedean...@gmail.com> escribió: > > Salió en el matutino de hoy:
> > "El próximo 30 de junio, en reunión extraordinaria de la Junta > > Departamental se tratará el tema de Software Libre, realidad que viene > > avanzando merced al trabajo del grupo Linux Salto. > > El grupo de trabajo pretende obtener el reconocimiento (declaración de > > interés cultural) y apoyo por parte de la Intendencia Municipal y de > > la Junta, con la finalidad de seguir afianzando este tema que ya es > > una realidad en varios países de Latinoamérica y el mundo."
> > El día 5 de junio de 2008 18:19, Federico Antón <fedean...@gmail.com> escribió: > >> Muy buena notica > >> a q hora sería?
> >> El día 5 de junio de 2008 18:16, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> escribió: > >>> El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la > >>> Junta Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado. > >>> El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA. > >>> Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser > >>> extraordinaria podemos participar, como es gente de política,siempre > >>> podemos aportar del punto de vista Técnico/Filosófico. > >>> También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que > >>> no aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de > >>> Interés Cultural del FLISOL. > >>> Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero > >>> por lo menos es un paso positivo.
> >>> Saludos
-- :: Cristian Menghi :: "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) GPG-id(9EAE4FB2) homepage:http://www.menghi.biz
La invitación que recibimos es justamente para que participemos y aportemos, considero que no es necesario que designemos a alguien delegado por el grupo para hablar, los que estemos presentes en la medida que consideremos que tenemos algo para aportar a la discusión, deberíamos hacerlo.
Saludos
Miguel
El día 25 de junio de 2008 11:21, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> escribió:
> El Monday 16 June 2008 16:27:33 Miguel Pertusatti escribió:
> Alguien va a tomar la palabra en nombre del grupo ? > Al ser una sesion extraordinaria cualquiera puede hacerlo.
> Saludos
>> Estimados:
>> El Edil Nicolás Urrutia me alcanzó una invitación de La Junta >> Departamental, donde se invita al Grupo de Usuarios a participar de la >> Sesión Extraordinaria del próximo lunes 30 del corriente a las 20:00 >> horas, por el tema "Aplicación en el ámbito municipal o público del >> software Libre".
>> Saludos
>> Miguel
>> El día 13 de junio de 2008 17:36, Federico Antón <fedean...@gmail.com> > escribió: >> > Salió en el matutino de hoy:
>> > "El próximo 30 de junio, en reunión extraordinaria de la Junta >> > Departamental se tratará el tema de Software Libre, realidad que viene >> > avanzando merced al trabajo del grupo Linux Salto. >> > El grupo de trabajo pretende obtener el reconocimiento (declaración de >> > interés cultural) y apoyo por parte de la Intendencia Municipal y de >> > la Junta, con la finalidad de seguir afianzando este tema que ya es >> > una realidad en varios países de Latinoamérica y el mundo."
>> > El día 5 de junio de 2008 18:19, Federico Antón <fedean...@gmail.com> > escribió: >> >> Muy buena notica >> >> a q hora sería?
>> >> El día 5 de junio de 2008 18:16, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> > escribió: >> >>> El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la >> >>> Junta Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado. >> >>> El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA. >> >>> Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser >> >>> extraordinaria podemos participar, como es gente de política,siempre >> >>> podemos aportar del punto de vista Técnico/Filosófico. >> >>> También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que >> >>> no aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de >> >>> Interés Cultural del FLISOL. >> >>> Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero >> >>> por lo menos es un paso positivo.
>> >>> Saludos
> -- > :: Cristian Menghi :: > "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" > GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) > GPG-id(9EAE4FB2) > homepage:http://www.menghi.biz
> La invitación que recibimos es justamente para que participemos y
> aportemos, considero que no es necesario que designemos a alguien
> delegado por el grupo para hablar, los que estemos presentes en la
> medida que consideremos que tenemos algo para aportar a la discusión,
> deberíamos hacerlo.
> Saludos
> Miguel
> El día 25 de junio de 2008 11:21, Cristian Menghi
> <crist...@menghi.biz> escribió:
> > El Monday 16 June 2008 16:27:33 Miguel Pertusatti escribió:
> > Alguien va a tomar la palabra en nombre del grupo ?
> > Al ser una sesion extraordinaria cualquiera puede hacerlo.
> > Saludos
> >> Estimados:
> >> El Edil Nicolás Urrutia me alcanzó una invitación de La Junta
> >> Departamental, donde se invita al Grupo de Usuarios a participar de la
> >> Sesión Extraordinaria del próximo lunes 30 del corriente a las 20:00
> >> horas, por el tema "Aplicación en el ámbito municipal o público del
> >> software Libre".
> >> Saludos
> >> Miguel
> >> El día 13 de junio de 2008 17:36, Federico Antón <fedean...@gmail.com>
> > escribió:
> >> > Salió en el matutino de hoy:
> >> > "El próximo 30 de junio, en reunión extraordinaria de la Junta
> >> > Departamental se tratará el tema de Software Libre, realidad que viene
> >> > avanzando merced al trabajo del grupo Linux Salto.
> >> > El grupo de trabajo pretende obtener el reconocimiento (declaración de
> >> > interés cultural) y apoyo por parte de la Intendencia Municipal y de
> >> > la Junta, con la finalidad de seguir afianzando este tema que ya es
> >> > una realidad en varios países de Latinoamérica y el mundo."
> >> > El día 5 de junio de 2008 18:19, Federico Antón <fedean...@gmail.com>
> > escribió:
> >> >> Muy buena notica
> >> >> a q hora sería?
> >> >> El día 5 de junio de 2008 18:16, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz>
> > escribió:
> >> >>> El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la
> >> >>> Junta Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado.
> >> >>> El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA.
> >> >>> Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser
> >> >>> extraordinaria podemos participar, como es gente de política,siempre
> >> >>> podemos aportar del punto de vista Técnico/Filosófico.
> >> >>> También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que
> >> >>> no aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de
> >> >>> Interés Cultural del FLISOL.
> >> >>> Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero
> >> >>> por lo menos es un paso positivo.
> >> >>> Saludos
> > --
> > :: Cristian Menghi ::
> > "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente"
> > GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2)
> > GPG-id(9EAE4FB2)
> > homepage:http://www.menghi.biz
>> La invitación que recibimos es justamente para que participemos y >> aportemos, considero que no es necesario que designemos a alguien >> delegado por el grupo para hablar, los que estemos presentes en la >> medida que consideremos que tenemos algo para aportar a la discusión, >> deberíamos hacerlo.
>> Saludos
>> Miguel
>> El día 25 de junio de 2008 11:21, Cristian Menghi >> <crist...@menghi.biz> escribió:
>> > El Monday 16 June 2008 16:27:33 Miguel Pertusatti escribió:
>> > Alguien va a tomar la palabra en nombre del grupo ? >> > Al ser una sesion extraordinaria cualquiera puede hacerlo.
>> > Saludos
>> >> Estimados:
>> >> El Edil Nicolás Urrutia me alcanzó una invitación de La Junta >> >> Departamental, donde se invita al Grupo de Usuarios a participar de la >> >> Sesión Extraordinaria del próximo lunes 30 del corriente a las 20:00 >> >> horas, por el tema "Aplicación en el ámbito municipal o público del >> >> software Libre".
>> >> Saludos
>> >> Miguel
>> >> El día 13 de junio de 2008 17:36, Federico Antón <fedean...@gmail.com> >> > escribió: >> >> > Salió en el matutino de hoy:
>> >> > "El próximo 30 de junio, en reunión extraordinaria de la Junta >> >> > Departamental se tratará el tema de Software Libre, realidad que viene >> >> > avanzando merced al trabajo del grupo Linux Salto. >> >> > El grupo de trabajo pretende obtener el reconocimiento (declaración de >> >> > interés cultural) y apoyo por parte de la Intendencia Municipal y de >> >> > la Junta, con la finalidad de seguir afianzando este tema que ya es >> >> > una realidad en varios países de Latinoamérica y el mundo."
>> >> > El día 5 de junio de 2008 18:19, Federico Antón <fedean...@gmail.com> >> > escribió: >> >> >> Muy buena notica >> >> >> a q hora sería?
>> >> >> El día 5 de junio de 2008 18:16, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> >> > escribió: >> >> >>> El día 30 del corriente se realizara una sesion extraordinaria en la >> >> >>> Junta Dptal de Salto, por el tema de SoL en el Estado. >> >> >>> El llamado lo realizo el Sr. Edirl Urrutia, de FA. >> >> >>> Esta bueno, por que podemos concurrir como grupo y al ser >> >> >>> extraordinaria podemos participar, como es gente de política,siempre >> >> >>> podemos aportar del punto de vista Técnico/Filosófico. >> >> >>> También es una buena oportunidad para traer a la mesa la solicitud que >> >> >>> no aprobaron ni la Junta, ni la IMS en cuanto a la declaración de >> >> >>> Interés Cultural del FLISOL. >> >> >>> Podemos sacar como positivo que salga alguna declaración o algo, pero >> >> >>> por lo menos es un paso positivo.
>> >> >>> Saludos
>> > -- >> > :: Cristian Menghi :: >> > "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" >> > GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) >> > GPG-id(9EAE4FB2) >> > homepage:http://www.menghi.biz
Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran ayuda en cuanto a este tema es que les presente este proyecto de resolución, para declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta. Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, lo que habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es lo único que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya que sino, sera una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar, aprobando algo así obtendríamos, aparte de informar!, una puerta para futuros proyecto en post de SoL: --------------------- RESOLUCIÓN
VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta tecnología.
CONSIDERANDO:- I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública. II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se encuentra en constante desarrollo, nos obliga a adquirir permanentemente actualizaciones para no quedar rezagados. III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a elevados costos. IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas para romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de "software pirata". V): Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de programas o "software libre", como concepto de libertad y no de precio y que se denomina así porque se basa en el libre empleo de programas de computación.
ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo planteado en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente RESOLUCIÓN:
Articulo 1º.- Principio General La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente el uso de soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares Libre y Abiertos
Artículo 2º.- Definición de Software libre Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por software libre (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al usuario, las siguientes facultades: a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito. b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa. d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias del programa para adaptarlos a las necesidades del usuario. e)- Confección y distribución libre de copias del programa. f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas condiciones del programa original. Artículo 3º.- Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de Software Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de usuarios de Software Libre.
Artículo 4º.- Glosario de Términos a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo una tarea específica o resolver un problema determinado. b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre cualquier dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una función. c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software. d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos. e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al conjunto completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales de soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, documentación, y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa ejecutable a partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de este conjunto aquellas herramientas y programas que sean habitualmente distribuidos como software libre por otros medios como, entre otros, compiladores, sistemas operativos y librerías. f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las siguientes facultades: 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito. 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa. 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción arbitraria del programa para adaptarlo a las necesidades del usuario. 5. Confección y distribución pública de copias del programa. 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas condiciones del programa original. g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna la totalidad de los requisitos señalados en el término precedente. h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información digital que satisfaga tanto los estándares existentes así como las siguientes condiciones tales que: a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente. b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia completa esté disponible públicamente. c)- No existan restricciones para la confección de programas que almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta manera.
------------------ Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, para actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel de Junta Dptal.)
Saludos
-- :: Cristian Menghi :: "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) GPG-id(9EAE4FB2) homepage:http://www.menghi.biz
Amigos vengo viendo como va evolucionandop este tema y me parece fantastico todo el esfuerzo que se esta volcando en esto,la resolucion me parece que esta barabara,gran trabajo y bastante explicativo,no seria mala idea ir parlando a algun que otro edil que conozcamos para ir "sensibilizandolo" sobre el tema,ya que algunos conceptos que para nosotros estan clarisimos para otros son chino basico Arriba!
El día 30 de junio de 2008 16:06, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> escribió:
> Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran ayuda > en > cuanto a este tema es que les presente este proyecto de resolución, para > declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta. > Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion > extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, lo que > habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es lo único > que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya que sino, sera > una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar, aprobando algo así > obtendríamos, aparte de informar!, una puerta para futuros proyecto en post > de SoL: > --------------------- > RESOLUCIÓN
> VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario > generar > una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo de la > misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta tecnología.
> CONSIDERANDO:- > I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública. > II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser > consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se > encuentra > en constante desarrollo, nos obliga a adquirir permanentemente > actualizaciones para no quedar rezagados. > III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a > elevados costos. > IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas > para > romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos encontramos y > no > caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de "software pirata". > V): Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de programas > o "software libre", como concepto de libertad y no de precio y que se > denomina así porque se basa en el libre empleo de programas de computación.
> ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo > planteado > en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente > RESOLUCIÓN:
> Articulo 1º.- Principio General > La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente el uso de > soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares Libre y > Abiertos
> Artículo 2º.- Definición de Software libre > Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por software libre > (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al usuario, las > siguientes facultades: > a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito. > b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. > c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa. > d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias del programa > para adaptarlos a las necesidades del usuario. > e)- Confección y distribución libre de copias del programa. > f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las > alteraciones > como del nuevo programa resultante, bajo las mismas condiciones del > programa > original. > Artículo 3º.- > Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de Software > Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de usuarios de > Software Libre.
> Artículo 4º.- Glosario de Términos > a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un dispositivo > de > procesamiento digital de datos para llevar a cabo una tarea específica o > resolver un problema determinado. > b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre cualquier > dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una función. > c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software. > d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos. > e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al conjunto > completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o > modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales de > soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, documentación, y > todo otro elemento que sea necesario para producir el programa ejecutable a > partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de este conjunto aquellas > herramientas y programas que sean habitualmente distribuidos como software > libre por otros medios como, entre otros, compiladores, sistemas operativos > y > librerías. > f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las > siguientes > facultades: > 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito. > 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. > 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa. > 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción arbitraria del > programa para adaptarlo a las necesidades del usuario. > 5. Confección y distribución pública de copias del programa. > 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las > alteraciones > como del nuevo programa resultante, bajo las mismas condiciones del > programa > original. > g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna la > totalidad de los requisitos señalados en el término precedente. > h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información digital > que > satisfaga tanto los estándares existentes así como las siguientes > condiciones > tales que: > a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente. > b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia completa > esté disponible públicamente. > c)- No existan restricciones para la confección de programas que almacenen, > transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta manera.
> ------------------ > Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de > sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, > para > actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel de Junta > Dptal.)
> Saludos
> -- > :: Cristian Menghi :: > "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" > GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) > GPG-id(9EAE4FB2) > homepage:http://www.menghi.biz
> Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran ayuda en > cuanto a este tema es que les presente este proyecto de resolución, para > declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta. > Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion > extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, lo que > habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es lo único > que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya que sino, sera > una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar, aprobando algo así > obtendríamos, aparte de informar!, una puerta para futuros proyecto en post > de SoL: > --------------------- > RESOLUCIÓN
> VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar > una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo de la > misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta tecnología.
> CONSIDERANDO:- > I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública. > II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser > consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se encuentra > en constante desarrollo, nos obliga a adquirir permanentemente > actualizaciones para no quedar rezagados. > III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a > elevados costos. > IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas para > romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos encontramos y no > caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de "software pirata". > V): Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de programas > o "software libre", como concepto de libertad y no de precio y que se > denomina así porque se basa en el libre empleo de programas de computación.
> ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo planteado > en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente > RESOLUCIÓN:
> Articulo 1º.- Principio General > La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente el uso de > soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares Libre y > Abiertos
> Artículo 2º.- Definición de Software libre > Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por software libre > (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al usuario, las > siguientes facultades: > a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito. > b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. > c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa. > d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias del programa > para adaptarlos a las necesidades del usuario. > e)- Confección y distribución libre de copias del programa. > f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las alteraciones > como del nuevo programa resultante, bajo las mismas condiciones del programa > original. > Artículo 3º.- > Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de Software > Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de usuarios de > Software Libre.
> Artículo 4º.- Glosario de Términos > a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un dispositivo de > procesamiento digital de datos para llevar a cabo una tarea específica o > resolver un problema determinado. > b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre cualquier > dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una función. > c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software. > d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos. > e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al conjunto > completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o > modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales de > soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, documentación, y > todo otro elemento que sea necesario para producir el programa ejecutable a > partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de este conjunto aquellas > herramientas y programas que sean habitualmente distribuidos como software > libre por otros medios como, entre otros, compiladores, sistemas operativos y > librerías. > f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las siguientes > facultades: > 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito. > 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. > 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa. > 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción arbitraria del > programa para adaptarlo a las necesidades del usuario. > 5. Confección y distribución pública de copias del programa. > 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las alteraciones > como del nuevo programa resultante, bajo las mismas condiciones del programa > original. > g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna la > totalidad de los requisitos señalados en el término precedente. > h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información digital que > satisfaga tanto los estándares existentes así como las siguientes condiciones > tales que: > a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente. > b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia completa > esté disponible públicamente. > c)- No existan restricciones para la confección de programas que almacenen, > transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta manera.
> ------------------ > Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de > sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, para > actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel de Junta Dptal.)
Esta en la resolución que aprobó la Junta Departamental de San José. No se si tiene modificaciones, pero una igual es la que manejan los ediles que presentan la propuesta.(Nicolás Urrutia) Por ahí estamos duplicando esfuerzos, convendría que les adelantes que la que van a proponer es la misma. La pego abajo para verificar:
VISTO:
La necesidad de implementar políticas definidas y permanentes en materia de Informática.
Que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta tecnología.
CONSIDERANDO:
1) Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública que garanticen la seguridad, perennidad de los datos y la transparencia en los actos de gobierno. 2) Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser consumidores de tecnología elaborada en otros países y que su constante desarrollo, obliga a adquirir permanentemente actualizaciones para no quedar rezagados. 3) Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a elevados costos. 4) Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas para romper con este circulo de dependencia tecnológica en la que nos encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de software sin debida licencia. 5) Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de sistemas y programas que observen y respeten formatos estándares, abiertos y de libres acceso, cuyos términos de licenciamiento no restrinja libertades a sus usuarios y ni a la comunidad en general. 6) Que actualmente existe amplia disponibilidad de aplicaciones y sistemas de eficacia probada, que cumplen con las características antedichas, contando con con respaldo profesional de empresas y una extensa comunidad de usuarios de "software libre", como concepto de libertad y no de precio, así denominado porque se basa en el libre empleo de programas de computación.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto
SE RESUELVE:
Articulo 1º PRINCIPIO GENERAL:
La Junta Departamental de Salto resuelve la utilización en forma exclusiva de software libre en todos sus sistemas y equipamientos de informática.
Articulo 2º EXCEPCIONES.
En caso de no existir una solución basada en software libre que permita satisfacer una necesidad determinada, la Junta Departamental, podrá adoptar las siguientes alternativas, atendiendo al orden siguiente: Si mediaran exigencias de tiempo verificables para atender un problema técnico y se halle disponible en el mercado software privativo, se podrá utilizar el mismo siempre y cuando reúna las siguientes características:
a) Se seleccionará en primer término a los programas que cumplan con todos los criterios enunciados en el Articulo 4º, literal "a" de la presente resolución, excepto por la facultad de distribución del programa modificado. En este caso, el permiso de excepción podrá ser definitivo. b) Si no se pudiera disponer de programas de la categoría precedente, se deberán escoger aquellos para los que exista un proyecto de desarrollo avanzado de tipo libre. En este caso, el permiso de excepción será transitorio y caducará automáticamente cuando el software libre pase a estar disponible con la funcionalidad que sea necesaria. c) Si no se encontraren productos de estas condiciones, se podrá optar por programas privativos, pero la excepción caducará automáticamente a los dos años de resuelta, debiendo ser renovada previa constatación de que no exista en el mercado una solución de software libre satisfactoria. Se permitirá la excepción únicamente si se garantiza el almacenamiento de los datos en formatos abiertos, ajustados a estádares abiertos, sin perjuicio del pago de las respectivas licencias.
> El día 30 de junio de 2008 16:06, Cristian Menghi
> <crist...@menghi.biz> escribió: > > Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran ayuda > > en cuanto a este tema es que les presente este proyecto de resolución, > > para declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta. > > Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion > > extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, lo que > > habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es lo > > único que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya que > > sino, sera una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar, > > aprobando algo así obtendríamos, aparte de informar!, una puerta para > > futuros proyecto en post de SoL: > > --------------------- > > RESOLUCIÓN
> > VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario > > generar una Política Institucional en materia Informática y que el > > desarrollo de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de > > esta tecnología.
> > CONSIDERANDO:- > > I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública. > > II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser > > consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se > > encuentra en constante desarrollo, nos obliga a adquirir permanentemente > > actualizaciones para no quedar rezagados. > > III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a > > elevados costos. > > IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas > > para romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos > > encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de > > "software pirata". V): Que una alternativa inteligente y viable es la > > utilización de programas o "software libre", como concepto de libertad y > > no de precio y que se denomina así porque se basa en el libre empleo de > > programas de computación.
> > ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo > > planteado en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente > > RESOLUCIÓN:
> > Articulo 1º.- Principio General > > La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente el uso > > de soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares Libre > > y Abiertos
> > Artículo 2º.- Definición de Software libre > > Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por software > > libre (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al usuario, > > las siguientes facultades: > > a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito. > > b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. > > c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del > > programa. d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias > > del programa para adaptarlos a las necesidades del usuario. > > e)- Confección y distribución libre de copias del programa. > > f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas > > condiciones del programa original. > > Artículo 3º.- > > Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de Software > > Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de usuarios > > de Software Libre.
> > Artículo 4º.- Glosario de Términos > > a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un > > dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo una > > tarea específica o resolver un problema determinado. > > b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre cualquier > > dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una función. > > c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software. > > d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos. > > e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al conjunto > > completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o > > modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales de > > soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, documentación, > > y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa > > ejecutable a partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de este > > conjunto aquellas herramientas y programas que sean habitualmente > > distribuidos como software libre por otros medios como, entre otros, > > compiladores, sistemas operativos y librerías. > > f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las > > siguientes facultades: > > 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito. > > 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. > > 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del > > programa. 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción > > arbitraria del programa para adaptarlo a las necesidades del usuario. > > 5. Confección y distribución pública de copias del programa. > > 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas > > condiciones del programa original. > > g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna la > > totalidad de los requisitos señalados en el término precedente. > > h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información > > digital que satisfaga tanto los estándares existentes así como las > > siguientes condiciones tales que: > > a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente. > > b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia > > completa esté disponible públicamente. > > c)- No existan restricciones para la confección de programas que > > almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta > > manera.
> > ------------------ > > Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de > > sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, > > para actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel de > > Junta Dptal.)
> Esta en la resolución que aprobó la Junta Departamental de San José. No se > si tiene modificaciones, pero una igual es la que manejan los ediles que > presentan la > propuesta.(Nicolás Urrutia) Por ahí estamos duplicando esfuerzos, > convendría que les adelantes > que la que van a proponer es la misma. La pego abajo para verificar:
> VISTO:
> La necesidad de implementar políticas definidas y permanentes en > materia de Informática.
> Que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar > una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo > de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta > tecnología.
> CONSIDERANDO:
> 1) Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información > pública que garanticen la seguridad, perennidad de los datos y la > transparencia en los actos de gobierno. > 2) Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser > consumidores de tecnología elaborada en otros países y que su > constante desarrollo, obliga a adquirir permanentemente > actualizaciones para no quedar rezagados. > 3) Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a > elevados costos. > 4) Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar > alternativas para romper con este circulo de dependencia tecnológica > en la que nos encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes > con el uso de software sin debida licencia. > 5) Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de > sistemas y programas que observen y respeten formatos estándares, > abiertos y de libres acceso, cuyos términos de licenciamiento no > restrinja libertades a sus usuarios y ni a la comunidad en general. > 6) Que actualmente existe amplia disponibilidad de aplicaciones y > sistemas de eficacia probada, que cumplen con las características > antedichas, contando con con respaldo profesional de empresas y una > extensa comunidad de usuarios de "software libre", como concepto de > libertad y no de precio, así denominado porque se basa en el libre > empleo de programas de computación.
> ATENTO:
> A lo precedentemente expuesto
> SE RESUELVE:
> Articulo 1º PRINCIPIO GENERAL:
> La Junta Departamental de Salto resuelve la utilización en forma > exclusiva de software libre en todos sus sistemas y equipamientos de > informática.
> Articulo 2º EXCEPCIONES.
> En caso de no existir una solución basada en software libre que > permita satisfacer una necesidad determinada, la Junta Departamental, > podrá adoptar las siguientes alternativas, atendiendo al orden > siguiente: Si mediaran exigencias de tiempo verificables para atender > un problema técnico y se halle disponible en el mercado software > privativo, se podrá utilizar el mismo siempre y cuando reúna las > siguientes características:
> a) Se seleccionará en primer término a los programas que cumplan con > todos los criterios enunciados en el Articulo 4º, literal "a" de la > presente resolución, excepto por la facultad de distribución del > programa modificado. En este caso, el permiso de excepción podrá ser > definitivo. > b) Si no se pudiera disponer de programas de la categoría precedente, > se deberán escoger aquellos para los que exista un proyecto de > desarrollo avanzado de tipo libre. En este caso, el permiso de > excepción será transitorio y caducará automáticamente cuando el > software libre pase a estar disponible con la funcionalidad que sea > necesaria. > c) Si no se encontraren productos de estas condiciones, se podrá optar > por programas privativos, pero la excepción caducará automáticamente
> El Monday 30 June 2008 16:51:25 Marcelo Zunino escribió:
> > El día 30 de junio de 2008 16:06, Cristian Menghi
> > <crist...@menghi.biz> escribió:
> > > Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran ayuda
> > > en cuanto a este tema es que les presente este proyecto de resolución,
> > > para declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta.
> > > Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion
> > > extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, lo que
> > > habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es lo
> > > único que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya que
> > > sino, sera una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar,
> > > aprobando algo así obtendríamos, aparte de informar!, una puerta para
> > > futuros proyecto en post de SoL:
> > > ---------------------
> > > RESOLUCIÓN
> > > VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario
> > > generar una Política Institucional en materia Informática y que el
> > > desarrollo de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de
> > > esta tecnología.
> > > CONSIDERANDO:-
> > > I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública.
> > > II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser
> > > consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se
> > > encuentra en constante desarrollo, nos obliga a adquirir permanentemente
> > > actualizaciones para no quedar rezagados.
> > > III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a
> > > elevados costos.
> > > IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas
> > > para romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos
> > > encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de
> > > "software pirata". V): Que una alternativa inteligente y viable es la
> > > utilización de programas o "software libre", como concepto de libertad y
> > > no de precio y que se denomina así porque se basa en el libre empleo de
> > > programas de computación.
> > > ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo
> > > planteado en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente
> > > RESOLUCIÓN:
> > > Articulo 1º.- Principio General
> > > La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente el uso
> > > de soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares Libre
> > > y Abiertos
> > > Artículo 2º.- Definición de Software libre
> > > Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por software
> > > libre (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al usuario,
> > > las siguientes facultades:
> > > a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito.
> > > b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo.
> > > c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del
> > > programa. d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias
> > > del programa para adaptarlos a las necesidades del usuario.
> > > e)- Confección y distribución libre de copias del programa.
> > > f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las
> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas
> > > condiciones del programa original.
> > > Artículo 3º.-
> > > Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de Software
> > > Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de usuarios
> > > de Software Libre.
> > > Artículo 4º.- Glosario de Términos
> > > a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un
> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo una
> > > tarea específica o resolver un problema determinado.
> > > b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre cualquier
> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una función.
> > > c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software.
> > > d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos.
> > > e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al conjunto
> > > completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o
> > > modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales de
> > > soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, documentación,
> > > y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa
> > > ejecutable a partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de este
> > > conjunto aquellas herramientas y programas que sean habitualmente
> > > distribuidos como software libre por otros medios como, entre otros,
> > > compiladores, sistemas operativos y librerías.
> > > f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las
> > > siguientes facultades:
> > > 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito.
> > > 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo.
> > > 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del
> > > programa. 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción
> > > arbitraria del programa para adaptarlo a las necesidades del usuario.
> > > 5. Confección y distribución pública de copias del programa.
> > > 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las
> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas
> > > condiciones del programa original.
> > > g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna la
> > > totalidad de los requisitos señalados en el término precedente.
> > > h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información
> > > digital que satisfaga tanto los estándares existentes así como las
> > > siguientes condiciones tales que:
> > > a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente.
> > > b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia
> > > completa esté disponible públicamente.
> > > c)- No existan restricciones para la confección de programas que
> > > almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta
> > > manera.
> > > ------------------
> > > Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de
> > > sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de Autor,
> > > para actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel de
> > > Junta Dptal.)
> > Esta en la resolución que aprobó la Junta Departamental de San José. No se
> > si tiene modificaciones, pero una igual es la que manejan los ediles que
> > presentan la
> > propuesta.(Nicolás Urrutia) Por ahí estamos duplicando esfuerzos,
> > convendría que les adelantes
> > que la que van a proponer es la misma. La pego abajo para verificar:
> > VISTO:
> > La necesidad de implementar políticas definidas y permanentes en
> > materia de Informática.
> > Que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar
> > una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo
> > de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta
> > tecnología.
> > CONSIDERANDO:
> > 1) Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información
> > pública que garanticen la seguridad, perennidad de los datos y la
> > transparencia en los actos de gobierno.
> > 2) Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser
> > consumidores de tecnología elaborada en otros países y que su
> > constante desarrollo, obliga a adquirir permanentemente
> > actualizaciones para no quedar rezagados.
> > 3) Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a
> > elevados costos.
> > 4) Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar
> > alternativas para romper con este circulo de dependencia tecnológica
> > en la que nos encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes
> > con el uso de software sin debida licencia.
> > 5) Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de
> > sistemas y programas que observen y respeten formatos estándares,
> > abiertos y de libres acceso, cuyos términos de licenciamiento no
> > restrinja libertades a sus usuarios y ni a la comunidad en general.
> > 6) Que actualmente existe amplia disponibilidad de aplicaciones y
> > sistemas de eficacia probada, que cumplen con las características
> > antedichas, contando con con respaldo profesional de empresas y una
> > extensa comunidad de usuarios de "software libre", como concepto de
> > libertad y no de precio, así denominado porque se basa en el libre
> > empleo de programas de computación.
> > ATENTO:
> > A lo precedentemente expuesto
> > SE RESUELVE:
> > Articulo 1º PRINCIPIO GENERAL:
> > La Junta Departamental de Salto resuelve la utilización en forma
> > exclusiva de software libre en todos sus sistemas y equipamientos de
> > informática.
> > Articulo 2º EXCEPCIONES.
> > En caso de no existir una solución basada en software libre que
> > permita satisfacer una necesidad determinada, la Junta Departamental,
> > podrá adoptar las siguientes alternativas, atendiendo al orden
> > siguiente: Si mediaran exigencias de tiempo verificables para atender
> > un problema técnico y se halle disponible en el mercado software
> > privativo, se podrá utilizar el mismo siempre y cuando reúna las
> > siguientes características:
> > a) Se seleccionará en primer término a los programas que cumplan con
> > todos los criterios enunciados en el Articulo 4º, literal "a" de la
> > presente resolución, excepto por
> Yo como 19:40 ando en la puerta de la junta, espero algunos mas por > ahi.Saludos.
> On 30 jun, 18:02, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> wrote: >> El Monday 30 June 2008 16:51:25 Marcelo Zunino escribió:
>> > El día 30 de junio de 2008 16:06, Cristian Menghi
>> > <crist...@menghi.biz> escribió: >> > > Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran ayuda >> > > en cuanto a este tema es que les presente este proyecto de resolución, >> > > para declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta. >> > > Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion >> > > extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, lo que >> > > habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es lo >> > > único que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya que >> > > sino, sera una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar, >> > > aprobando algo así obtendríamos, aparte de informar!, una puerta para >> > > futuros proyecto en post de SoL: >> > > --------------------- >> > > RESOLUCIÓN
>> > > VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario >> > > generar una Política Institucional en materia Informática y que el >> > > desarrollo de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de >> > > esta tecnología.
>> > > CONSIDERANDO:- >> > > I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública. >> > > II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser >> > > consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se >> > > encuentra en constante desarrollo, nos obliga a adquirir permanentemente >> > > actualizaciones para no quedar rezagados. >> > > III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a >> > > elevados costos. >> > > IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas >> > > para romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos >> > > encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de >> > > "software pirata". V): Que una alternativa inteligente y viable es la >> > > utilización de programas o "software libre", como concepto de libertad y >> > > no de precio y que se denomina así porque se basa en el libre empleo de >> > > programas de computación.
>> > > ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo >> > > planteado en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente >> > > RESOLUCIÓN:
>> > > Articulo 1º.- Principio General >> > > La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente el uso >> > > de soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares Libre >> > > y Abiertos
>> > > Artículo 2º.- Definición de Software libre >> > > Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por software >> > > libre (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al usuario, >> > > las siguientes facultades: >> > > a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito. >> > > b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. >> > > c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del >> > > programa. d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias >> > > del programa para adaptarlos a las necesidades del usuario. >> > > e)- Confección y distribución libre de copias del programa. >> > > f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las >> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas >> > > condiciones del programa original. >> > > Artículo 3º.- >> > > Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de Software >> > > Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de usuarios >> > > de Software Libre.
>> > > Artículo 4º.- Glosario de Términos >> > > a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un >> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo una >> > > tarea específica o resolver un problema determinado. >> > > b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre cualquier >> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una función. >> > > c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software. >> > > d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos. >> > > e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al conjunto >> > > completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o >> > > modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales de >> > > soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, documentación, >> > > y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa >> > > ejecutable a partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de este >> > > conjunto aquellas herramientas y programas que sean habitualmente >> > > distribuidos como software libre por otros medios como, entre otros, >> > > compiladores, sistemas operativos y librerías. >> > > f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las >> > > siguientes facultades: >> > > 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito. >> > > 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. >> > > 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del >> > > programa. 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción >> > > arbitraria del programa para adaptarlo a las necesidades del usuario. >> > > 5. Confección y distribución pública de copias del programa. >> > > 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las >> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas >> > > condiciones del programa original. >> > > g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna la >> > > totalidad de los requisitos señalados en el término precedente. >> > > h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información >> > > digital que satisfaga tanto los estándares existentes así como las >> > > siguientes condiciones tales que: >> > > a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente. >> > > b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia >> > > completa esté disponible públicamente. >> > > c)- No existan restricciones para la confección de programas que >> > > almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta >> > > manera.
>> > > ------------------ >> > > Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de >> > > sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, >> > > para actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel de >> > > Junta Dptal.)
>> > Esta en la resolución que aprobó la Junta Departamental de San José. No se >> > si tiene modificaciones, pero una igual es la que manejan los ediles que >> > presentan la >> > propuesta.(Nicolás Urrutia) Por ahí estamos duplicando esfuerzos, >> > convendría que les adelantes >> > que la que van a proponer es la misma. La pego abajo para verificar:
>> > VISTO:
>> > La necesidad de implementar políticas definidas y permanentes en >> > materia de Informática.
>> > Que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar >> > una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo >> > de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta >> > tecnología.
>> > CONSIDERANDO:
>> > 1) Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información >> > pública que garanticen la seguridad, perennidad de los datos y la >> > transparencia en los actos de gobierno. >> > 2) Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser >> > consumidores de tecnología elaborada en otros países y que su >> > constante desarrollo, obliga a adquirir permanentemente >> > actualizaciones para no quedar rezagados. >> > 3) Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a >> > elevados costos. >> > 4) Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar >> > alternativas para romper con este circulo de dependencia tecnológica >> > en la que nos encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes >> > con el uso de software sin debida licencia. >> > 5) Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de >> > sistemas y programas que observen y respeten formatos estándares, >> > abiertos y de libres acceso, cuyos términos de licenciamiento no >> > restrinja libertades a sus usuarios y ni a la comunidad en general. >> > 6) Que actualmente existe amplia disponibilidad de aplicaciones y >> > sistemas de eficacia probada, que cumplen con las características >> > antedichas, contando con con respaldo profesional de empresas y una >> > extensa comunidad de usuarios de "software libre", como concepto de >> > libertad y no de precio, así denominado porque se basa en el libre >> > empleo de programas de computación.
>> > ATENTO:
>> > A lo precedentemente expuesto
>> > SE RESUELVE:
>> > Articulo 1º PRINCIPIO GENERAL:
>> > La Junta Departamental de Salto resuelve la utilización en forma >> > exclusiva de software libre en todos sus sistemas y equipamientos de >> > informática.
>> > Articulo 2º EXCEPCIONES.
>> > En caso de no existir una solución basada en software libre que >> > permita satisfacer una necesidad determinada, la Junta Departamental, >> > podrá adoptar las siguientes alternativas, atendiendo al orden >> > siguiente: Si mediaran exigencias de tiempo verificables para atender >> > un problema técnico y se halle disponible en el mercado software >> > privativo, se podrá utilizar el mismo siempre y cuando reúna las >> > siguientes características:
>> > a) Se seleccionará en primer término a los programas que cumplan con >> > todos los criterios
> El día 30 de junio de 2008 17:54, Juan Priario <jpstud...@gmail.com> escribió:
> > Yo como 19:40 ando en la puerta de la junta, espero algunos mas por
> > ahi.Saludos.
> > On 30 jun, 18:02, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> wrote:
> >> El Monday 30 June 2008 16:51:25 Marcelo Zunino escribió:
> >> > El día 30 de junio de 2008 16:06, Cristian Menghi
> >> > <crist...@menghi.biz> escribió:
> >> > > Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran ayuda
> >> > > en cuanto a este tema es que les presente este proyecto de resolución,
> >> > > para declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta.
> >> > > Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion
> >> > > extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, lo que
> >> > > habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es lo
> >> > > único que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya que
> >> > > sino, sera una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar,
> >> > > aprobando algo así obtendríamos, aparte de informar!, una puerta para
> >> > > futuros proyecto en post de SoL:
> >> > > ---------------------
> >> > > RESOLUCIÓN
> >> > > VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario
> >> > > generar una Política Institucional en materia Informática y que el
> >> > > desarrollo de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de
> >> > > esta tecnología.
> >> > > CONSIDERANDO:-
> >> > > I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información pública.
> >> > > II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser
> >> > > consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se
> >> > > encuentra en constante desarrollo, nos obliga a adquirir permanentemente
> >> > > actualizaciones para no quedar rezagados.
> >> > > III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a
> >> > > elevados costos.
> >> > > IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar alternativas
> >> > > para romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos
> >> > > encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes con el uso de
> >> > > "software pirata". V): Que una alternativa inteligente y viable es la
> >> > > utilización de programas o "software libre", como concepto de libertad y
> >> > > no de precio y que se denomina así porque se basa en el libre empleo de
> >> > > programas de computación.
> >> > > ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo
> >> > > planteado en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente
> >> > > RESOLUCIÓN:
> >> > > Articulo 1º.- Principio General
> >> > > La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente el uso
> >> > > de soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares Libre
> >> > > y Abiertos
> >> > > Artículo 2º.- Definición de Software libre
> >> > > Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por software
> >> > > libre (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al usuario,
> >> > > las siguientes facultades:
> >> > > a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito.
> >> > > b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo.
> >> > > c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del
> >> > > programa. d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias
> >> > > del programa para adaptarlos a las necesidades del usuario.
> >> > > e)- Confección y distribución libre de copias del programa.
> >> > > f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las
> >> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas
> >> > > condiciones del programa original.
> >> > > Artículo 3º.-
> >> > > Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de Software
> >> > > Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de usuarios
> >> > > de Software Libre.
> >> > > Artículo 4º.- Glosario de Términos
> >> > > a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un
> >> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo una
> >> > > tarea específica o resolver un problema determinado.
> >> > > b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre cualquier
> >> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una función.
> >> > > c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software.
> >> > > d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos.
> >> > > e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al conjunto
> >> > > completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o
> >> > > modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales de
> >> > > soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, documentación,
> >> > > y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa
> >> > > ejecutable a partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de este
> >> > > conjunto aquellas herramientas y programas que sean habitualmente
> >> > > distribuidos como software libre por otros medios como, entre otros,
> >> > > compiladores, sistemas operativos y librerías.
> >> > > f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las
> >> > > siguientes facultades:
> >> > > 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito.
> >> > > 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo.
> >> > > 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del
> >> > > programa. 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción
> >> > > arbitraria del programa para adaptarlo a las necesidades del usuario.
> >> > > 5. Confección y distribución pública de copias del programa.
> >> > > 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las
> >> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas
> >> > > condiciones del programa original.
> >> > > g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna la
> >> > > totalidad de los requisitos señalados en el término precedente.
> >> > > h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información
> >> > > digital que satisfaga tanto los estándares existentes así como las
> >> > > siguientes condiciones tales que:
> >> > > a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente.
> >> > > b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia
> >> > > completa esté disponible públicamente.
> >> > > c)- No existan restricciones para la confección de programas que
> >> > > almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta
> >> > > manera.
> >> > > ------------------
> >> > > Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de
> >> > > sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de Autor,
> >> > > para actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel de
> >> > > Junta Dptal.)
> >> > Esta en la resolución que aprobó la Junta Departamental de San José. No se
> >> > si tiene modificaciones, pero una igual es la que manejan los ediles que
> >> > presentan la
> >> > propuesta.(Nicolás Urrutia) Por ahí estamos duplicando esfuerzos,
> >> > convendría que les adelantes
> >> > que la que van a proponer es la misma. La pego abajo para verificar:
> >> > VISTO:
> >> > La necesidad de implementar políticas definidas y permanentes en
> >> > materia de Informática.
> >> > Que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar
> >> > una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo
> >> > de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta
> >> > tecnología.
> >> > CONSIDERANDO:
> >> > 1) Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información
> >> > pública que garanticen la seguridad, perennidad de los datos y la
> >> > transparencia en los actos de gobierno.
> >> > 2) Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser
> >> > consumidores de tecnología elaborada en otros países y que su
> >> > constante desarrollo, obliga a adquirir permanentemente
> >> > actualizaciones para no quedar rezagados.
> >> > 3) Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente a
> >> > elevados costos.
> >> > 4) Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar
> >> > alternativas para romper con este circulo de dependencia tecnológica
> >> > en la que nos encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes
> >> > con el uso de software sin debida licencia.
> >> > 5) Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de
> >> > sistemas y programas que observen y respeten formatos estándares,
> >> > abiertos y de libres acceso, cuyos términos de licenciamiento no
> >> > restrinja libertades a sus usuarios y ni a la comunidad en general.
> >> > 6) Que actualmente existe amplia disponibilidad de aplicaciones y
> >> > sistemas de eficacia probada, que cumplen con las características
> >> > antedichas, contando con con respaldo profesional de empresas y una
> >> > extensa comunidad de usuarios de "software libre", como concepto de
> >> > libertad y no de precio, así denominado porque se basa en el libre
> >> > empleo de programas de computación.
> >> > ATENTO:
> >> > A lo precedentemente expuesto
> >> > SE RESUELVE:
> >> > Articulo 1º PRINCIPIO GENERAL:
> >> > La Junta Departamental de Salto resuelve la utilización en forma
> >> > exclusiva de software libre en todos sus sistemas y equipamientos de
buenas, que bueno que les haya ido bien en la junta. d+. escuché q fueron a hablar de software libre, y mostraron una presentacion ... en windows .... ¿? X|
El 2/07/08, btus <rmribeiro...@gmail.com> escribió:
> Aprovecho la iniciativa para pasar a algun edil de mi localidad. > Muchas gracias
> On 1 jul, 01:08, "Marcelo Zunino" <marcelo.zun...@gmail.com> wrote: >> El día 30 de junio de 2008 17:54, Juan Priario <jpstud...@gmail.com> >> escribió:
>> > Yo como 19:40 ando en la puerta de la junta, espero algunos mas por >> > ahi.Saludos.
>> > On 30 jun, 18:02, Cristian Menghi <crist...@menghi.biz> wrote: >> >> El Monday 30 June 2008 16:51:25 Marcelo Zunino escribió:
>> >> > El día 30 de junio de 2008 16:06, Cristian Menghi
>> >> > <crist...@menghi.biz> escribió: >> >> > > Trabajando con ediles a los cuales me acerque para que me brindaran >> >> > > ayuda >> >> > > en cuanto a este tema es que les presente este proyecto de >> >> > > resolución, >> >> > > para declarar al Software Libre como de Interés, para la Junta. >> >> > > Es bueno tener un proyecto en este sentido, si bien es una sesion >> >> > > extraordinaria, de ella podemos tomar una declaración de interés, >> >> > > lo que >> >> > > habré las puertas para poder realiar mas cosas en este sentido. Es >> >> > > lo >> >> > > único que podemos conseguir de bueno de este tipo de sesiones, ya >> >> > > que >> >> > > sino, sera una discusión sin ningún fruto, mas que el de informar, >> >> > > aprobando algo así obtendríamos, aparte de informar!, una puerta >> >> > > para >> >> > > futuros proyecto en post de SoL: >> >> > > --------------------- >> >> > > RESOLUCIÓN
>> >> > > VISTO:- que en la Junta Departamental de Salto se entiende >> >> > > necesario >> >> > > generar una Política Institucional en materia Informática y que el >> >> > > desarrollo de la misma depende del acceso en forma libre al dominio >> >> > > de >> >> > > esta tecnología.
>> >> > > CONSIDERANDO:- >> >> > > I): Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información >> >> > > pública. >> >> > > II): Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a >> >> > > ser >> >> > > consumidores de tecnología elaborada en otros Países y que como se >> >> > > encuentra en constante desarrollo, nos obliga a adquirir >> >> > > permanentemente >> >> > > actualizaciones para no quedar rezagados. >> >> > > III): Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer >> >> > > frente a >> >> > > elevados costos. >> >> > > IV): Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar >> >> > > alternativas >> >> > > para romper este circulo de dependencia tecnológica en la que nos >> >> > > encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes con el uso >> >> > > de >> >> > > "software pirata". V): Que una alternativa inteligente y viable es >> >> > > la >> >> > > utilización de programas o "software libre", como concepto de >> >> > > libertad y >> >> > > no de precio y que se denomina así porque se basa en el libre >> >> > > empleo de >> >> > > programas de computación.
>> >> > > ATENTO:- a lo precedentemente expuesto en los Considerandos y a lo >> >> > > planteado en el Visto, se torna necesario tomar la siguiente >> >> > > RESOLUCIÓN:
>> >> > > Articulo 1º.- Principio General >> >> > > La Junta Departamental de Salto resuelve promover preferentemente >> >> > > el uso >> >> > > de soluciones basadas en .Software Libre así el uso de Estándares >> >> > > Libre >> >> > > y Abiertos
>> >> > > Artículo 2º.- Definición de Software libre >> >> > > Para los efectos de la presente Resolución se entenderá por >> >> > > software >> >> > > libre (programa libre), aquel cuya licencia de uso garantice al >> >> > > usuario, >> >> > > las siguientes facultades: >> >> > > a)- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito. >> >> > > b)- Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. >> >> > > c)- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del >> >> > > programa. d)- Uso de los mecanismos internos y de porciones >> >> > > arbitrarias >> >> > > del programa para adaptarlos a las necesidades del usuario. >> >> > > e)- Confección y distribución libre de copias del programa. >> >> > > f)- Modificación del programa y distribución libre tanto de las >> >> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas >> >> > > condiciones del programa original. >> >> > > Artículo 3º.- >> >> > > Apoyar la realización de actividades de difusión y promoción de >> >> > > Software >> >> > > Libre y las iniciativas que al respecto realicen los grupos de >> >> > > usuarios >> >> > > de Software Libre.
>> >> > > Artículo 4º.- Glosario de Términos >> >> > > a)- Software: cualquier secuencia de instrucciones usada por un >> >> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo >> >> > > una >> >> > > tarea específica o resolver un problema determinado. >> >> > > b)- Ejecución o empleo de un programa: acto de utilizarlo sobre >> >> > > cualquier >> >> > > dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una >> >> > > función. >> >> > > c)- Usuario: persona física o jurídica que emplea el software. >> >> > > d)- Equipo: dispositivo de procesamiento digital de datos. >> >> > > e)- Código fuente o de origen, o programa fuente o de origen: al >> >> > > conjunto >> >> > > completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o >> >> > > modificados por quien los programara, más todos los archivos >> >> > > digitales de >> >> > > soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones, >> >> > > documentación, >> >> > > y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa >> >> > > ejecutable a partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse de >> >> > > este >> >> > > conjunto aquellas herramientas y programas que sean habitualmente >> >> > > distribuidos como software libre por otros medios como, entre >> >> > > otros, >> >> > > compiladores, sistemas operativos y librerías. >> >> > > f)- Software libre: es aquel cuyo empleo garantice al usuario, las >> >> > > siguientes facultades: >> >> > > 1. Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito. >> >> > > 2. Acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo. >> >> > > 3. Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del >> >> > > programa. 4. Uso de los mecanismos internos y de cualquier porción >> >> > > arbitraria del programa para adaptarlo a las necesidades del >> >> > > usuario. >> >> > > 5. Confección y distribución pública de copias del programa. >> >> > > 6. Modificación del programa y distribución libre, tanto de las >> >> > > alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas >> >> > > condiciones del programa original. >> >> > > g)- Software propietario (programa no libre): es aquel que no reúna >> >> > > la >> >> > > totalidad de los requisitos señalados en el término precedente. >> >> > > h)- Formato abierto: cualquier modo de codificación de información >> >> > > digital que satisfaga tanto los estándares existentes así como las >> >> > > siguientes condiciones tales que: >> >> > > a)- Su documentación técnica completa esté disponible públicamente. >> >> > > b)- El código fuente de al menos una implementación de referencia >> >> > > completa esté disponible públicamente. >> >> > > c)- No existan restricciones para la confección de programas que >> >> > > almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de >> >> > > esta >> >> > > manera.
>> >> > > ------------------ >> >> > > Aparte de esto, podemos promover la realización de unas Jornadas de >> >> > > sensibilización sobre FLOSS, Propiedad Intelectual y Derechos de >> >> > > Autor, >> >> > > para actores políticos y publico gral de nuestra ciudad ( A nivel >> >> > > de >> >> > > Junta Dptal.)
>> >> > Esta en la resolución que aprobó la Junta Departamental de San José. >> >> > No se >> >> > si tiene modificaciones, pero una igual es la que manejan los ediles >> >> > que >> >> > presentan la >> >> > propuesta.(Nicolás Urrutia) Por ahí estamos duplicando esfuerzos, >> >> > convendría que les adelantes >> >> > que la que van a proponer es la misma. La pego abajo para verificar:
>> >> > VISTO:
>> >> > La necesidad de implementar políticas definidas y permanentes en >> >> > materia de Informática.
>> >> > Que en la Junta Departamental de Salto se entiende necesario generar >> >> > una Política Institucional en materia Informática y que el desarrollo >> >> > de la misma depende del acceso en forma libre al dominio de esta >> >> > tecnología.
>> >> > CONSIDERANDO:
>> >> > 1) Que los Ciudadanos deben tener libre acceso a la información >> >> > pública que garanticen la seguridad, perennidad de los datos y la >> >> > transparencia en los actos de gobierno. >> >> > 2) Que se ha creado una relación de dependencia que nos conduce a ser >> >> > consumidores de tecnología elaborada en otros países y que su >> >> > constante desarrollo, obliga a adquirir permanentemente >> >> > actualizaciones para no quedar rezagados. >> >> > 3) Que por el derecho de uso de esta tecnología debemos hacer frente >> >> > a >> >> > elevados costos. >> >> > 4) Que se torna necesario que el Estado se preocupe en dar >> >> > alternativas para romper con este circulo de dependencia tecnológica >> >> > en la que nos encontramos y no caer en violaciones de leyes vigentes >> >> > con el uso de software sin debida licencia. >> >> > 5) Que una alternativa inteligente y viable es la utilización de >> >> > sistemas y programas que observen y respeten formatos estándares, >> >> > abiertos y de libres acceso, cuyos términos de licenciamiento no >> >> > restrinja libertades a sus usuarios y ni a la comunidad en general. >> >> > 6) Que actualmente existe amplia disponibilidad de aplicaciones y >> >> > sistemas de eficacia
El día 2 de julio de 2008 23:38, jmelnik <jmelni...@gmail.com> escribió:
> buenas, que bueno que les haya ido bien en la junta. d+. > escuché q fueron a hablar de software libre, y mostraron una > presentacion ... en windows .... ¿? X|
y el culpable sono io :( es que soy usuario de software libre y nada más. no sé hacer andar un proyector con software libre, ¿alguna ayudita?
(uuyyh.. ahora entiendo... ¿habrá sido por eso la abstención?)
que abstención? la verdad q nunca he intentado con el laptop. y en este momento estuve probando, tengo instalada una utilidad: algo de nvidia xserver settings, le di a detectar pantallas y voila. me detecto el monitor. Supongo q con el cañón andaría? por el momento tengo la pantalla partida a la mitad.... gg... seguro tiene arreglo.
El día 2 de julio de 2008 23:54, Marcelo Zunino <marcelo.zun...@gmail.com> escribió:
> El día 2 de julio de 2008 23:38, jmelnik <jmelni...@gmail.com> escribió:
> > buenas, que bueno que les haya ido bien en la junta. d+. > > escuché q fueron a hablar de software libre, y mostraron una > > presentacion ... en windows .... ¿? X|
> y el culpable sono io :( > es que soy usuario de software libre y nada más. > no sé hacer andar un proyector con software libre, ¿alguna ayudita?
> (uuyyh.. ahora entiendo... ¿habrá sido por eso la abstención?)
El día 3 de julio de 2008 0:07, jmelnik <jmelni...@gmail.com> escribió:
> que abstención?
hubo una abstención, pero no hubieron votos en contra.
> la verdad q nunca he intentado con el laptop. y en este momento estuve > probando, tengo instalada una utilidad: > algo de nvidia xserver settings, le di a detectar pantallas y voila. me > detecto el monitor. Supongo q con el cañón andaría? > por el momento tengo la pantalla partida a la mitad.... gg... seguro tiene > arreglo.
en realidad, hubo otro elemento deivertido en el incidente del proyector, la información que tenés no es correcta, ¿cómo la obtuviste?
te refieres a lo de la presentacion con windows? de comentarios por ahí. q bueno q esten todos a favor. yo tb estoy a favor. aunq no opine demasiado.
aprovecho para
> en realidad, hubo otro elemento deivertido en el incidente del > proyector, la información que tenés no es correcta, ¿cómo la > obtuviste?
q no es correcto? conta el incidente. Mi firefox (en ubuntu) esta super lento. las letras salen casi q por segundos. no se q pasa. y no pude poner dos pantalllas separadas, o una o la otra. raro.
El día 3 de julio de 2008 0:23, jmelnik <jmelni...@gmail.com> escribió:
> te refieres a lo de la presentacion con windows? de comentarios por ahí.
seguro, se dice el pecado pero no el pecador, eh? :)
El asunto es que acá no hay pecado... ignoro más áreas del sitema operativo y de las aplicaciones que las que conozco.
Aspiro que que algún integrante de la lista nos esneñe cómo hacer funcionar un proyector con GNU/Linux. Ese es el principal cometido de ésta lista.
Pero te perdiste la parte más divertida... no bastó que hiciera papelones con el proyector, sino que tampoco supo montar un pendrive en XP, es más alguien tuvo que devertirle que ya estaba montado y cómo hacer para acceder a los datos!! (no digas que te comenté esto, shhhh..) :D
>Pero te perdiste la parte más divertida... no bastó que hiciera >papelones con el proyector, sino que tampoco supo montar un pendrive >en XP, es más alguien tuvo que devertirle que ya estaba montado y cómo >hacer para acceder a los datos!! (no digas que te comenté esto, >shhhh..) :D
Eso es un buen ejemplo para el "miedo" de algunos usuarios de migrar de win a linux (aunq no es la unica razón), para decir q así como aprendieron windows aprenden linux. así de facil.
En cuanto al proyector Marcelo, el proyector es el cañon no?. No se q tipo de cañon utilizaron, pero una vez utilice en mi PC, con un debian, uno de esos q simplemente lo conectas a la salida del monitor. En el laptop, supongo q también andará con lo q comente ayer. Cual es el motivo por el cual no les anda? ¿cañon? ¿t.video?.
El día 3 de julio de 2008 1:46, Marcelo Zunino <marcelo.zun...@gmail.com> escribió:
> El día 3 de julio de 2008 0:23, jmelnik <jmelni...@gmail.com> escribió: > > te refieres a lo de la presentacion con windows? de comentarios por ahí.
> seguro, se dice el pecado pero no el pecador, eh? :)
> El asunto es que acá no hay pecado... ignoro más áreas del sitema > operativo y de las aplicaciones que las que conozco.
> Aspiro que que algún integrante de la lista nos esneñe cómo hacer > funcionar un proyector con GNU/Linux. Ese es el principal cometido de > ésta lista.
> Pero te perdiste la parte más divertida... no bastó que hiciera > papelones con el proyector, sino que tampoco supo montar un pendrive > en XP, es más alguien tuvo que devertirle que ya estaba montado y cómo > hacer para acceder a los datos!! (no digas que te comenté esto, > shhhh..) :D
El Thursday 03 July 2008 09:20:07 jmelnik escribió: Aparte, en la maquina con XP me infecto el pendrive... lo conecte en mi maquina y vi un Autorun.inf y un knight.exe.... menos mal que el knight no tendría idea de donde estaba conectado !!!
> >Pero te perdiste la parte más divertida... no bastó que hiciera > >papelones con el proyector, sino que tampoco supo montar un pendrive > >en XP, es más alguien tuvo que devertirle que ya estaba montado y cómo > >hacer para acceder a los datos!! (no digas que te comenté esto, > >shhhh..) :D
> Eso es un buen ejemplo para el "miedo" de algunos usuarios de migrar de win > a linux (aunq no es la unica razón), para decir q así como aprendieron > windows aprenden linux. así de facil.
> En cuanto al proyector Marcelo, el proyector es el cañon no?. No se q tipo > de cañon utilizaron, pero una vez utilice en mi PC, con un debian, uno de > esos q simplemente lo conectas a la salida del monitor. > En el laptop, supongo q también andará con lo q comente ayer. > Cual es el motivo por el cual no les anda? ¿cañon? ¿t.video?.
> El día 3 de julio de 2008 1:46, Marcelo Zunino <marcelo.zun...@gmail.com>
> escribió: > > El día 3 de julio de 2008 0:23, jmelnik <jmelni...@gmail.com> escribió: > > > te refieres a lo de la presentacion con windows? de comentarios por > > > ahí.
> > seguro, se dice el pecado pero no el pecador, eh? :)
> > El asunto es que acá no hay pecado... ignoro más áreas del sitema > > operativo y de las aplicaciones que las que conozco.
> > Aspiro que que algún integrante de la lista nos esneñe cómo hacer > > funcionar un proyector con GNU/Linux. Ese es el principal cometido de > > ésta lista.
> > Pero te perdiste la parte más divertida... no bastó que hiciera > > papelones con el proyector, sino que tampoco supo montar un pendrive > > en XP, es más alguien tuvo que devertirle que ya estaba montado y cómo > > hacer para acceder a los datos!! (no digas que te comenté esto, > > shhhh..) :D
> > salú y sosgüer libre!
> > --
> > Marcelo Zunino
-- :: Cristian Menghi :: "Me gustaría cambiar el mundo, pero no me dan el código fuente" GPG-FP(63DD 3696 9F24 E1B2 1119 F2C0 B072 8C85 9EAE 4FB2) GPG-id(9EAE4FB2) homepage:http://www.menghi.biz
>Aparte, en la maquina con XP me infecto el pendrive... lo conecte en mi >maquina y vi un Autorun.inf y un knight.exe.... menos mal que el knight no >tendría idea de donde estaba conectado !!!
jajaja. Ese tal knight, te lo llevás dnd vayas. Siempre tenía q estar eliminando a mano esos archivos de mi pendrive, tb un tal copy.exe, etc, etc. Con Nod32 ya no tengo drama xq ni bien enchufas escanea. Siempre q usen windows y metan un pendrive, les recomiendo q tengan cuidado con los autorun, es mejor tenerlo desactivado siempre para evitar sorpresas.
Pregunta, en linux pueden pasar cosas como esas? los autorun en vez de ser una pagina web, como las distros live ... pueden ejecutar un código ??